Articulo 12 constitucion española

Articulo 12 constitucion española

constitución española artículo 155

La Comunidad Valenciana surgió como resultado de la manifestación de la autonomía del pueblo de las provincias valencianas, tras la etapa preautonómica, a la que se accedió en virtud del Real Decreto-Ley 10/1978, de creación del Consell del País Valenciano.
Aprobada la Constitución Española fue, en su marco, donde la tradición valenciana procedente del histórico Reino de Valencia se encontró con la moderna concepción del País Valenciano y dio lugar a la autonomía valenciana, como integradora de las dos corrientes de opinión que enmarcan todo lo valenciano en un concepto cultural propio en el estricto marco geográfico que alcanza.
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, promulgado por la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, fue el resultado del consenso de las principales fuerzas políticas valencianas que querían recuperar el autogobierno de nuestro pueblo, haciendo uso del derecho a la autonomía que la Constitución Española reconoce a toda nacionalidad. Aunque la vía por la que el pueblo valenciano accedió a la autonomía fue una vía intermedia entre las de los artículos 143 y 151 de la Constitución, nuestro Estatuto ha garantizado, como norma institucional básica de la Comunidad Valenciana, la recuperación del autogobierno del pueblo valenciano y de sus instituciones, ejerciendo las competencias asumidas en el marco constitucional, como corresponde a su condición de nacionalidad histórica.

qué es la constitución española

La historia constitucional de España se remonta a la Constitución de 1812. Tras la muerte del dictador Francisco Franco en 1975, unas elecciones generales en 1977 convocaron a las Cortes Constituyentes (el Parlamento español, en su calidad de asamblea constituyente) con el fin de redactar y aprobar la Constitución.
Entre los miembros elegidos de las Cortes se seleccionó un grupo de siete miembros para trabajar en un proyecto de Constitución que se presentaría al organismo. Estos fueron conocidos, según los medios de comunicación, como los «padres de la Constitución». Estas siete personas fueron elegidas para representar el amplio (y a menudo, profundamente dividido) espectro político dentro del Parlamento español, mientras que el papel principal se le dio al entonces partido gobernante y ahora extinto Unión de Centro Democrático (UCD).
El escritor (y senador por designación real) Camilo José Cela pulió posteriormente la redacción del proyecto de Constitución. Sin embargo, dado que gran parte del consenso dependía de mantener la ambigüedad de la redacción, se aprobaron pocas de las reformulaciones propuestas por Cela. Una de las aceptadas fue la sustitución del arcaico gualda («color de soldadura») por el simple amarillo en la descripción de la bandera de España[cita requerida].

comentarios

Los partidos políticos son la expresión del pluralismo político, contribuyen a la formación y expresión de la voluntad popular y son un instrumento fundamental de participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres en la medida en que respeten la Constitución y la ley. Su estructura interna y su funcionamiento deben ser democráticos.
2. Sólo los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo en los casos que puedan establecerse por tratado o por ley en relación con el derecho de sufragio activo en las elecciones municipales, de acuerdo con el principio de reciprocidad.
3. Las reuniones de los parlamentarios que se celebren sin haber sido convocadas en la forma reglamentaria no serán vinculantes para las Cámaras, y sus miembros no podrán ejercer sus funciones en ellas ni gozar de los privilegios derivados de su cargo.
2. La circunscripción electoral es la provincia. Las ciudades de Ceuta y Melilla estarán representadas por un Diputado cada una. El número total de Diputados se distribuirá de acuerdo con la ley, asignando a cada circunscripción electoral una representación mínima inicial y distribuyendo el resto en proporción a la población.

wikipedia

El 28 de enero de 2021 el Tribunal Constitucional español publicó una sentencia que declara nulos varios artículos del DL 17/2019 por considerar, entre otras cosas, que las disposiciones anuladas afectan a elementos básicos del derecho constitucional a la propiedad privada.
El Tribunal también consideró la vulneración del artículo 86.1 de la Constitución Española que impide utilizar un decreto ley (en lugar de una ley) para afectar al derecho constitucional de propiedad. En este escrito, resumimos los principales preceptos del DL 17/2019 que han sido declarados nulos y, por tanto, quedan sin efecto, afectando a las medidas relativas a las viviendas y unidades residenciales vacías.

Leer más  El dia del medio ambiente